En la Unión Europea se calcula que los edificios consumen alrededor de un 30% de la energía final total.
Los amigos de Efiener nos explican qué es y por qué pronto será obligatorio tener el certificado de eficiencia energética de nuestras viviendas.
Por Sergi Martínez, de EFIENER Enginyeria
Es necesario promover acciones que vayan en la dirección de mejorar la eficiencia energética del parque de edificios, tanto de los existentes como de los de nueva construcción. La calificación energética de edificios va encaminada precisamente a reducir el consumo de los edificios con el objetivo de llegar a un consumo nulo de energía. El certificado se convierte en una información objetiva que aporta un valor añadido para aquellas viviendas que durante su vida útil tendrán un menor coste de aprovisionamiento energético favoreciendo a la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
Desde la entrada en vigor en 2007 del Real Decreto 47/2007 es obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios de nueva construcción un Certificado de Eficiencia Energética.
En este certificado, y a través de una etiqueta de eficiencia energética, se asigna a cada edificio una Clase Energética de eficiencia, que varía desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes, de forma similar al etiquetado energético de los electrodomèsticos.
Actualmente, se está tramitando un Real Decreto que aprobará el procedimiento básico para la certificación energética de edificios construidos con anterioridad a 2007. La fecha prevista para su entrada en vigor aún no es definitiva, pero debería ser durante los primeros meses de 2013. Este nuevo Real Decreto obligará a que los edificios construidos antes de 2007 que se compren o se alquilen tengan que disponer de un certificado de eficiencia energética.
En el caso de viviendas de nueva construcción, para mejorar la calificación energética a obtener se pueden plantear medidas pasivas y activas.
son todas aquellas orientadas a aminorar la demanda de energía,
como la orientación del edificio para aprovechar al máximo la acción del sol; el aislamiento de la envolvente, tanto para cerramientos exteriores opacos como semitransparentes; los sistemas de control solar y el uso de fachadas o cubiertas ventiladas…
asociadas a los sistemas que se encargan de satisfacer la demanda de energía,
como por ejemplo los sistemas de generación de calor y de frío. De estos, los que hacen aumentar el nivel en la certificación energética son la energía solar térmica, las calderas de biomasa o de condensación, las bombas de calor geotérmicas, sistemas de climatización con volumen de refrigerante variable, sistemas combinados de calefacción y ACS con bomba de calor, suelos radiantes, sistemas district heating, etc.
Como medidas que se pueden implementar a la rehabilitación de edificios existentes encontramos sobre todo la incorporación de aislamiento a la envolvente del edificio, por la parte interior o por la parte exterior, la sustitución de ventanas por otras con doble vidrio y carpintería con rotura del puente térmico, la sustitución de los sistemas de generación por otros más eficientes, la instalación de paneles solares térmicos y calderas de biomasa o condensación, la protección solar con lamas orientables, etc.